Segun la ley 2294 del 19 de mayo del 2023 se modifica el artículo 52 de la Ley 769 de 2002 de la siguiente manera:
ARTÍCULO 52. PRIMERA REVISIÓN DE LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del quinto (5°) año contado a partir de la fecha de su matrícula en el registro nacional automotor. Los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula.
PARÁGRAFO. Los vehículos automotores de placas extranjeras, que ingresen temporalmente y hasta por tres (3) meses al país, no requerirán la revisión técnicomecánica y de emisiones contaminantes.
Si matriculaste tu vehiculo en el 2018 se debe ralizar la revision tecnomecanica
Enlace de interes:
Ley 2294 de 2023 Congreso de la República de Colombia (alcaldiabogota.gov.co)