Se ha tornado costumbre que cuando surgen conflictos entre las parejas que conllevan a una posterior separación, uno de los padres utilicen a sus menores hijos como elementos para dañar a su expareja; privándolo de tener contacto con los menores, hasta el punto de impedirles conocer el lugar de residencia.
Este tipo de conductas se encuentra penalizada en nuestro ordenamiento jurídico, con prisión hasta de tres años e imposición de multas que pueden ascender a los dieciocho (18) millones de pesos, en contra de quien teniendo la custodia los hijos, prive al otro progenitor de su derecho correlativo a visitarlo, a participar en su educación y corrección y a ejercer la patria potestad; siempre y cuando cumpla con sus responsabilidades relativas al deber de colaborar con la crianza del menor de edad, que incluye cumplir con la obligación alimentaria.
ARREBATAMIENTO, SUSTRACCION, RETENCION U OCULTAMIENTO DE LOS HIJOS
12 mayo 2023
Publicado por Castro Abogados & Co